Reglamento General de Participación del FESDT: Festival Estudiantil de Teatro.
Mérida, Venezuela.Preámbulo:
El FESDT: Festival Estudiantil de Teatro, es el primer y más grande Festival de Teatro Estudiantil en el estado Mérida y en Venezuela, así como también uno de los más perseverantes y antiguos de Latinoamérica. Es un encuentro que celebra el Teatro, lo estimula y lo transmite como filosofía para el crecimiento integral de quienes lo experimentan; reúne cada vez más agrupaciones de estudiantes e independientes en un espacio anual que permite el intercambio de experiencias, desarrollo y presentación de piezas teatrales, talleres de formación y asesorías. El FESDT es creado y producido por la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN desde el año 1984.
Consideración:
Para efectos de mejorar la lectura del siguiente Reglamento, denominaremos al ‘FESDT: Festival Estudiantil de Teatro’, sólo con el nombre de su marca ‘FESDT’ en cada uno de los casos. Siempre ‘FESDT’ será y representará la contracción de ‘FESDT: Festival Estudiantil de Teatro’.
I
Capítulo Primero: Disposiciones Generales
Artículo 1. El FESDT tiene como filosofía brindarle a sus participantes la posibilidad de crecer artística y personalmente a través de la herramienta pedagógica denominada: TEATRO. El FESDT, es un espacio para vivir y compartir la experiencia del Teatro, incluyendo a estudiantes de todos los niveles educativos: niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos de todas las edades sin discriminación de ningún tipo.
Artículo 2. El FESDT tiene como fin permitirle al participante expresar sus capacidades y talentos con el soporte del Teatro para así lograr en puestas escénicas el desarrollo de mensajes, palabras y poesías cargadas de clase, buen gusto y para un público expectante ávido de montajes interesantes y de buena calidad. También tiene como fin sedimentar en todos sus participantes la sensibilidad partiendo del hecho teatral en todas sus facetas, fomentando la seguridad en sí mismos, la capacidad de soñar, el respeto, la honestidad, los derechos humanos y los valores culturales del hombre universal.
Artículo 3. El FESDT está respaldado en todo momento por la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, quien ofrece talleres de formación, dirección y asesorías en Teatro, a todos los que así lo soliciten.
II
Capítulo Segundo: De la Pre-Selección
Artículo 4. La Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN abre la convocatoria a todas las instituciones educativas, agrupaciones culturales, e independientes en general del Estado Mérida, a participar en los procesos de Pre-Selección del FESDT denominados: Muestras Distritales FESDT. Dicha convocatoria se realizará todos los años hacia el último trimestre (meses de Octubre, Noviembre y Diciembre), para su participación en la Edición del año siguiente.
Artículo 5. Cada Institución, agrupación e independiente interesado en participar en los procesos de Pre-selección del FESDT, deberá cumplir con el proceso de pre-inscripción para dichas muestras, según las indicaciones que dará la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN en las reuniones previas a las fechas de estos procesos.
Artículo 6. La Pre-Inscripción para los procesos de Pre-Selección del FESDT, se realizará vía Internet, completando el formato dispuesto en la sección de ‘Pre-Inscripciones’ habilitado durante el primer trimestre de cada año, en la Web: fesdt.blogspot.com. En caso de Participar con varias piezas teatrales, agrupaciones o instituciones, se deberá llenar el formato para cada una de estas por separado. El envío de Datos a través del formato de Pre-Inscripción sólo Garantiza el cupo para la participación en las Muestras Distritales. El diagnostico de dichas Muestras determinará la clasificación y participación en el FESDT del año en curso.
Artículo 7. Cada grupo Pre-Inscrito deberá presentarse el día, hora y lugar asignado según el Municipio al que pertenezca, sin prórroga. En la Pre-Selección se evaluará la actuación del elenco: Manejo del Libreto, Voz y Dicción, Expresión Corporal y otros aspectos fundamentales de la puesta en escena. Deberá presentarse la pieza teatral en su totalidad, con el equipo actoral completo y sin reemplazos. El equipo evaluativo designado por la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN para cada muestra desarrollará un diagnóstico por cada propuesta presentada, el cuál contendrá el veredicto de participación y será entregado a la Institución, Agrupación o independiente en un plazo no mayor a quince (15) días a partir del día de las Muestras.
Artículo 8. Las instituciones, agrupaciones e independientes que reciban el veredicto de ratificación para su participación en el FESDT, estarán comprometidas con todas las actividades dispuestas por la producción, así como para las reuniones, presentaciones y programaciones propuestas por la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, dentro del marco de la edición del FESDT para dicho año. Del mismo modo, cada institución, agrupación o independiente estará comprometido a realizar las Mejoras y Cambios (en caso de tenerlos) expresados en el diagnóstico presentado como resultado de su desempeño en las Muestras Distritales FESDT.
III
Capítulo Tercero: De la Participación y Selección
Artículo 9. Una vez seleccionadas las piezas teatrales por su participación en las Muestras Distritales FESDT, las instituciones, agrupaciones e independientes tendrán que cumplir con la inscripción oficial de sus grupos para el FESDT del año en curso.
Artículo 10. Cada miembro de cada institución, agrupación e independiente participante exceptuando únicamente al director de teatro de la misma, deberá realizar el pago de la cuota de inscripción, cuyo valor será el importe de una (1) entrada general para las funciones del FESDT del presente año. Sólo puede haber un director de teatro por pieza teatral; el mismo puede inscribir varias instituciones o piezas.
Artículo 11. La inscripción para el FESDT, se verá completada con la consignación de los siguientes requerimientos por parte de los participantes: Libreto de la Obra Teatral (transcrito en computadora o máquina de escribir, en hojas blancas tamaño carta y sobre Manila); Datos de la Obra Teatral (en hojas separadas): Sinopsis, ficha artística y técnica, plano de planta escenográfica y plano de iluminación; Listado de alumnos y participantes avalado por la dirección del Instituto Educativo, incluyendo Nombre y Apellido, Cédula de Identidad, Edad, Grado/Año. *Para el caso de las agrupaciones autónomas e independientes, tendrán que consignar de igual forma dicho Listado, elaborado por la misma agrupación incluyendo anexas las constancias de estudio correspondientes a cada uno de sus miembros.
Artículo 12. La Mesa del Jurado estará constituida por 2 miembros foráneos, de otros estados del País, 1 invitado especial y 1 miembro de la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, quienes se encargarán de evaluar grupo a grupo y determinar las posiciones finales en el cuadro de premiación.
Artículo 13. La Producción del FESDT, garantizará la presencia del Jurado en todas las funciones y presentaciones a ser evaluadas, así como la facilitación de los instrumentos evaluativos y la posterior recepción de estos para su procesamiento.
Artículo 14. El veredicto final, que contendrá las posiciones dentro del cuadro de premiaciones, así como las menciones y reconocimientos especiales, será dado a conocer en la Ceremonia de Cierre del FESDT, seguido por la Premiación y entrega de certificados. Dicho encuentro, se realizará en un tiempo no menor a una (1) semana, luego de haberse realizado la última función de participantes del FESDT en curso.
IV
Capítulo Cuarto: De los Directores Participantes
Artículo 15. Los directores participantes que hayan clasificado de las Muestras Distritales para el FESDT, se verán comprometidos a asistir a las reuniones convocadas por la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN. En caso de no poder asistir deberán enviar algún miembro de su institución, agrupación o independiente a participar y servir como representante y vocero de las informaciones pautadas en cada encuentro.
Artículo 16. Cada director participante es responsable de la conducta, comportamiento, uso de las instalaciones, equipos, insumos, mobiliario y de la sede en general, durante el desarrollo del FESDT, por tanto es también obligación de cada director participante hacer de pleno conocimiento el presente reglamento a los miembros de su agrupación y consolidar el compromiso con todos sus artículos correspondientes. Por tanto las instituciones educativas, las agrupaciones, los independientes y sus directores de teatro participantes estarán comprometidos con el respeto y buena conducta, las buenas relaciones para con los demás grupos participantes, el equipo de protocolo, la seguridad, los integrantes del comité de producción y la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN. En caso de cualquier falta a este código, se tomarán las sanciones correspondientes mencionadas en el artículo 26.
Artículo 17. En cada caso, el desarrollo de vestuario, escenografía, utilería, transporte, alimentación, estadía y cualquier otro relacionado con la logística de las piezas teatrales y los grupos, corresponderá únicamente al director de teatro participante y a su institución, agrupación o independiente. Por tanto, será su responsabilidad todo lo referente a ello, a la puntualidad, al cumplimiento de las normas establecidas, a los acuerdos expresados, a la desocupación de las instalaciones utilizadas en el tiempo previsto y al buen uso de estas.
Artículo 18. Todos los directores de teatro participantes, tendrán acceso libre a cada una de las funciones de teatro en el marco del FESDT del año en curso. Será Tarea de cada director participante la asistencia de su agrupación, institución o independiente como público a dichas funciones, quienes de haberse inscrito correctamente tendrán libre acceso de igual modo. Es Obligación de cada director participante garantizar el respeto y buen comportamiento de los miembros de su institución, agrupación o independiente, dentro del contexto del FESDT.
V
Capítulo Quinto: Del FESDT
Artículo 19. Los Renglones de Participación del FESDT, se clasifican según el nivel educativo, las edades estimadas de sus miembros y las formas de agrupación de estos, bien sea a título institucional, título de grupos independientes o participantes individuales. También, se estiman los tiempos mínimos y máximos de duración por pieza para cada renglón, los cuales deberán ser tomados en cuenta por sus correspondientes directores. Los Renglones de participación son: Teatro Pre-Escolar, edades: 4 a 6 años, tiempos: mín. 10’/ máx. 15’; Teatro Educación Especial, todas las edades, tiempos: mín. 10’/ máx. 30’; Teatro Infantil, edades: de 6 a 12 años, tiempos: mín. 25’/ máx. 30’; Teatro Juvenil, edades: 13 a 18 años, tiempos: mín. 45’/ máx. 50’; Teatro Docente, edades: adultos, tiempos: mín. 50’/ máx. 60’; Teatro Universitario, edades: 18 años en adelante, tiempos: mín. 50’/ máx. 60’; Teatro Independiente, todas las edades, tiempos: mín. 45’/ máx. 60’. Renglones de participación por tipo de presentación (todas las edades): Teatro Mimos, tiempos: 10’/20’; Teatro Títeres, tiempos: 15’/20’; Teatro Monólogos, tiempos. 15’/20’.
Artículo 20. La Sede del FESDT, cada año, será dispuesta por la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, dentro de los límites del municipio Libertador, en el Estado Mérida. Todas las presentaciones participantes, deberán competir en el mismo escenario de dicha sede. Las sedes de las Muestras FESDT, serán dispuestas a lo largo de agrupaciones distritales o municipales, según el número estimado de aspirantes pre-inscritos para cada proceso. Las actividades complementarias, foros, exposiciones y cualquier otro dispuesto por la producción del FESDT del año en curso, podrán estar distribuidas dentro de los límites de todo el Estado Mérida.
Artículo 21. La Producción del FESDT desarrollará las debidas publicidades y estrategias de promoción para cada edición, contactando para su difusión a la prensa escrita y digital, radios y televisoras regionales y cualquier otro medio que sirva para hacer pública la realización del Festival. El desarrollo, diseño, impresión y distribución de todos los materiales publicitarios del FESDT corresponderá al comité de producción de cada año.
Artículo 22. La Producción del FESDT, en cada edición garantizará a los participantes sedes y espacios para el desarrollo de las presentaciones programadas dentro del marco del Festival, así como el acceso a baños con luz, agua y espejos. Se suministrarán por función insumos de limpieza: papel higiénico, jabón; y agua potable para el consumo de los participantes.
Artículo 23. Los directores de teatro participantes, recibirán por parte de la producción del FESDT, identificaciones que les permitirán libre acceso a todas las funciones de participación del FESDT del año en curso, y que les acreditarán como “Director de Teatro Participante”. En los casos de que los directores de teatro participantes no porten la debida identificación consigo, la producción se reservará el derecho de garantizarles libre acceso a dichas funciones. Para los miembros de las instituciones, agrupaciones e independientes participantes, se garantizará de igual forma libre acceso a todas las funciones de participación del FESDT del año en curso, a través de un pase especial dispuesto para actrices, actores y equipo técnico, que podrá ser retirado antes de cada función en las taquillas del Teatro/Sede, donde tendrán que identificarse con carnet y/o cédula de identidad dentro del sistema de actores/actrices y equipo técnico registrados del FESDT de cada año.
Artículo 24. La producción del FESDT, ofrecerá constancias de participación a todos los directores de teatro, miembros de agrupaciones, instituciones e independientes participantes de cada edición. Los certificados serán emitidos según se ordene en el veredicto de premiación, y serán entregados públicamente en la Ceremonia de Cierre y Premiación del FESDT. La emisión de constancias de participación por ediciones anteriores del FESDT, deberá ser solicitada por las partes interesadas de forma escrita y en físico a la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN.
Artículo 25. Dentro del espíritu educativo y de formación en el que se desarrolla el FESDT, es filosofía de la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, otorgar como premios a sus participantes: libros, publicaciones educativas, materiales didácticos e insumos para las instituciones, que complementen sus labores académicas y estimulen la lectura y los valores culturales.
Artículo 26. Las disposiciones de este reglamento son de observancia obligatoria para sus Autoridades: Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN y Comité de Producción FESDT, así como para todos sus participantes: Instituciones Educativas, Agrupaciones e Independientes. Este Reglamento solamente podrá ser modificado antes del inicio de las Pre-Inscripciones para el primer proceso de Muestras Distritales de cada año, y tendrá que ser del conocimiento público de todos los interesados. La Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, es el ente encargado de hacer cumplir las sanciones pertinentes, según corresponda a los infractores y responsables. Para el caso de los grupos que sean aspirantes para los procesos de selección de las Muestras distritales, quienes incumplan con los artículos 5, 6 y 7 del presente reglamento, perderán automáticamente la posibilidad de clasificar para el proceso del año en curso. Para los grupos, instituciones e individuales que hayan clasificado en los procesos de selección, y falten a los artículos 8, 9, 10 y 11 del presente reglamento, les será revocado el cupo de participación dentro del FESDT del año en curso. Las sanciones para participantes a ser aplicadas serán las siguientes: Amonestación: será una sanción atribuida a una falta leve con la que se advierte la posibilidad de ser sancionado más gravemente, dicha amonestación representará la supresión de la posibilidad del aspirante a recibir reconocimientos públicos, durante el FESDT en curso. Este tipo de sanción se aplicará en el caso de faltar al artículo 16 del presente reglamento. Suspensión: dicha sanción, estará atribuida a una falta grave al artículo 16, y estará determinada por consenso de la Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN y el Comité de Producción del FESDT en curso. Representará la suspensión de incluir los índices resultantes de la evaluación del participante (individual o grupal, según corresponda), dentro del Cuadro de Premiación del FESDT del presente año. Inhabilitación Temporal: se inhabilitará por el plazo de 2 años consecutivos, la posibilidad de participación en el FESDT a aquellos Directores de Teatro, quienes falten sin justificación previa, expresa y escrita, a las presentaciones pautadas por la producción dentro del marco del FESDT en curso. Estas Sanciones serán aplicadas de igual manera para todos los participantes, directores, instituciones, agrupaciones e independientes según corresponda.
VI
Capítulo Sexto: De la Evaluación
Artículo 27. El Jurado se encargará de evaluar los siguientes aspectos en cada pieza, presentación o propuesta teatral participante: Expresión Corporal, Voz: Dicción y Proyección, Dominio del Texto, Credibilidad del Personaje, Creatividad de la Puesta en Escena, Maquillaje, Vestuario, Musicalización, Escenografía / Recursos Físicos, Libreto / Manejo del Mensaje, Recursos adicionales (Coreografía, proyecciones, instrumentos, extras). El Jurado también realizará una evaluación individual de cada uno de los personajes participantes en cada pieza, para así hacer postulaciones para actuaciones destacadas y mejores actrices y actores de cada renglón.
Artículo 28. Cada instrumento de evaluación aplicado por parte del Jurado, en cada pieza, presentación o propuesta teatral, generará un índice, que será promediado y éste dará como resultado la posición de dicha propuesta en la escala del cuadro de premiación.
VII
Capítulo Séptimo: De la Premiación
Artículo 29. El Cuadro de Premiación estará conformado por los tres primeros lugares de cada renglón de participación, según los promedios de índices de evaluación previstos por el Jurado de cada FESDT. Las menciones individuales: Mejor Actor (por renglón), Mejor Actriz (por renglón), Mejor Actor (del FESDT), Mejor Actriz (del FESDT), Mejor Puesta en Escena / Pieza Teatral (del FESDT), Mejor Director (del FESDT) y Actuaciones Destacadas estarán determinadas por las postulaciones y notas previstas por el Jurado Evaluador de cada FESDT, como resultado de los instrumentos de evaluación implementados. Todos los certificados, reconocimientos y premios estimados para los integrantes de estos lugares, serán entregados públicamente en la Ceremonia de Cierre y Premiación del FESDT de cada año.
Artículo 30. En cada edición del FESDT, será tarea del Jurado Evaluador determinar las Menciones Especiales necesarias a ser premiadas y reconocidas: Guión Original, Musicalización, Escenografía, Vestuario, Coreografía, Música en Vivo, Elementos Adicionales, y todos los que sean considerados por efectos evaluativos y que ameriten ser reconocidos según esté contemplado en el veredicto de premiación. Todos los certificados y reconocimientos para los integrantes de estas menciones, serán entregados públicamente en la Ceremonia de Cierre y Premiación del FESDT de cada año.
Disposiciones Adicionales:
1. En el FESDT también existen espacios para otras artes interpretativas como lo son la música, la danza y el performance, quienes forman parte de la programación especial.
2. La producción del FESDT procurará espacios para presentaciones de artes interpretativos alternativos dentro de la edición anual, según los tiempos disponibles de programación.
3. El FESDT estimará la presencia de Grupos invitados de otros estados del país, dentro de la programación de cada edición, como un medio de estímulo e intercambio para el teatro regional, estadal y nacional.
4. En caso de darse la posibilidad de traer invitados internacionales, bien sea dentro de las presentaciones formales, bajo la forma de Jurado Evaluador o como meros espectadores, la producción del FESDT estará comprometido con los mismos.
5. La Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN, estará en la libertad de establecer convenios especiales de asistencia y participación con comunidades de escasos recursos, según estudios e informes consignados por la misma Organización ante el Comité de Producción del FESDT.
Disposición Final:
La Mesa Directiva de la Organización Grupo Cultural “Gente Joven” en la persona de su Director General, del Productor General del FESDT o en quien estos deleguen resolverán sobre las cuestiones no previstas en este Reglamento y sobre las dudas de interpretación del mismo que puedan surgir.
Reglamento Publicado por Organización Grupo Cultural GENTE JOVEN. Revisión Abril, 2013.